Multa por exceso de velocidad en España 2026: cuánto cuesta

coche circulando por una carretera secundaria española con radar camuflado junto a una señal de límite de velocidad

Una multa por exceso de velocidad no es un simple número: el importe, los puntos y hasta la posibilidad de acabar en un juzgado dependen de cuántos km/h te pasaste y en qué tipo de vía. Y en 2026 el tema está de actualidad: tras una campaña de radares camuflados que dejó 78.000 multas en una sola semana, la DGT se plantea endurecer las sanciones para los infractores más extremos.

Aquí tienes la tabla real de sanciones, qué convierte un exceso de velocidad en delito, y qué hay de cierto (y qué no) en la propuesta de endurecimiento.

¿Cuánto es la multa por exceso de velocidad?

Según el grado de exceso, las sanciones administrativas oscilan entre 100 y 600 euros, con una pérdida de entre 2 y 6 puntos del carnet. El importe exacto depende del tipo de vía (urbana, convencional o autovía) y de cuántos km/h superaste el límite: cuanto mayor el exceso, mayor la sanción y más puntos se restan.

El descuento del 50% por pronto pago se aplica igual que en el resto de infracciones, pero nunca afecta a la pérdida de puntos.

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¿Cuándo el exceso de velocidad es delito, no solo multa?

A partir de ciertos umbrales, dejas de estar ante una infracción administrativa para entrar en el terreno penal, según el artículo 379.1 del Código Penal:

  • En ciudad: superar los 110 km/h (60 km/h o más por encima del límite).
  • En autovía: superar los 200 km/h (80 km/h o más por encima del límite).

Las penas van de 3 a 6 meses de prisión, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la retirada del carnet de 1 a 4 años en todos los casos.

Radares camuflados: la campaña que detectó 78.000 multas en una semana

En abril de 2026, la DGT desplegó una campaña de control con radares y furgonetas camufladas en carreteras convencionales —ocultos tras señales verticales, adosados a hitos kilométricos o incluso integrados en quitamiedos— para vigilar los tramos con más accidentalidad. En solo una semana, la campaña dejó cerca de 78.000 multas por velocidad, de las cuales 15 correspondieron a «grandes infractores»: conductores que superaron el límite de forma extrema.

Radares camuflados: la campaña que detectó 78.000 multas en una semana

La propuesta de la DGT (y del PSOE) para endurecer las sanciones

Esto todavía no es una norma aprobada, solo un planteamiento. A raíz de esos 15 «grandes infractores», la DGT ha señalado que abogaría por revisar la normativa actual para hacerla «más disuasoria» con los casos más extremos —no con cualquier exceso de velocidad.

Por otro lado, y de forma independiente, el PSOE ha planteado reducir los umbrales que convierten el exceso de velocidad en delito: a 100 km/h en ciudad y 180 km/h en autovía, sin tocar el resto de las sanciones. Ninguna de las dos propuestas está en vigor a día de hoy. Si ves algún titular que dé por hecho un endurecimiento ya aplicado, comprueba la fuente antes de darlo por bueno.

¿Se puede recurrir una multa por exceso de velocidad?

No toda multa de radar está bien tramitada. La normativa exige que la denuncia incluya dos fotografías distintas del vehículo infractor —una general y otra de detalle con la matrícula—, y que el propio cinemómetro (y, en el caso de radares fijos, también la cabina que lo aloja) cuente con las certificaciones y revisiones periódicas obligatorias. Cuando falta alguno de estos requisitos, la sanción puede caerse.

Esto es especialmente relevante con los radares camuflados y móviles: revisa siempre la notificación completa antes de pagar.  En Multalia analizamos tu caso y te decimos si merece la pena recurrir.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se pierde de puntos por exceso de velocidad?

Entre 2 y 6 puntos, según cuántos km/h superaste el límite y el tipo de vía.
A partir de 110 km/h en ciudad (60 km/h o más de exceso) o 200 km/h en autovía (80 km/h o más de exceso).
No. Es solo un planteamiento de la DGT tras detectar 15 «grandes infractores» en una campaña de control, no una norma aprobada.
Dispositivos de pequeño tamaño ocultos tras señales verticales, hitos kilométricos o quitamiedos, usados por la DGT en carreteras convencionales para vigilar tramos de riesgo.
Sí. Si falta alguna de las dos fotografías exigidas o no se acredita la certificación del cinemómetro, la sanción puede anularse.
No. El descuento del 50% solo reduce el importe económico, nunca los puntos retirados.

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