02/09/2021
Los vehículos sin la etiqueta ambiental DGT no podrán circular por el centro de Madrid a partir del 1 de enero de 2022. Esto según la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid que se ratificará en el Pleno del Ayuntamiento del próximo 10 de septiembre.
El distrito Centro contará con restricciones al tráfico bajo el criterio del distintivo ambiental, según se contempla en el texto de Madrid360, la nueva zona de bajas emisiones del Distrito Centro.
Se abrirá el acceso de toda la zona de emisiones bajas a los vehículos con etiqueta ambiental C de alta ocupación (dos ocupantes) con el objetivo de favorecer los desplazamientos compartidos y reducir el tráfico en la ciudad. Aquellos sin distintivo (vehículos A) tendrán la entrada prohibida. No obstante, los ciudadanos empadronados en el municipio de Madrid sí podrán acceder y circular hasta el 1 de enero de 2025. Es decir, todos aquellos vehículos que paguen el impuesto de circulación en Madrid tendrán hasta esa fecha para actualizar sus vehículos si quieren circular.
Madrid360 irá reduciendo el espacio de la circulación a los vehículos que no cuentan con distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico. Es decir, a los vehículos de combustible diesel matriculados antes del año 2006 y a los de gasolina matriculados antes del año 2000.
En cuanto a vehículos que cuenten con etiqueta ambiental B o C, sólo podrán circular dentro de la M-30 si van estacionar en aparcamientos subterráneos. Todos estos criterios se aplicarán por el momento sólo automóviles, dejando fuera a motos, ciclomotores, furgonetas o camiones. Será también a partir del 1 de enero de 2025 cuando dejarán de poder circular sin la etiqueta ambiental adecuada.
Calendario de restricciones a la movilidad en Madrid
Las limitaciones establecidas en esta nueva estrategia se implantarán de forma gradual a través del siguiente calendario:
- A partir del 1 de enero de 2020: prohibido el estacionamiento a vehículos A (sin etiqueta ambiental) dentro de la almendra central salvo para los residentes de un mismo barrio, que no podrán aparcar en otro lugar que no sea su zona.
- A partir del 1 de enero de 2022: prohibido el acceso y circulación dentro de la M-30 a todos los vehículos A de los no residentes en la ciudad.
- A partir del 1 de enero de 2023, se incluirá la prohibición de la circulación para los vehículos A de no residentes de Madrid también en la M-30.
- A partir del 1 de enero de 2024, ningún vehículo A de fuera de Madrid podrá circular por todo el término municipal.
- A partir del 1 de enero de 2025 ningún vehículo A, residente o no residente en Madrid, podrá circular por toda la ciudad.
Zonas de bajas emisiones de Madrid: multas posibles
No se empezará a sancionar hasta el 1 de marzo de 2022 para dar un periodo de margen a la ciudadanía para acostumbrarse. Aun así, se recibirán comunicaciones que informen al conductor de haber infringido la normativa respecto a las zonas de bajas emisiones de Madrid.
Las multas por circular dentro de estas zonas sin la etiqueta ambiental empezarán siendo de 90€, aunque desde el 21 de marzo aumentarán definitivamente hasta los 200€. Esto se recoge en la nueva Ley de Tráfico como infracción grave.
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