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Entra en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid

20/09/2021

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el texto de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid que entra en vigor mañana. Esta nueva ordenanza actualiza criterios de movilidad respecto a zonas de bajas emisiones como la extinta Madrid Central, que pasa a denominarse Madrid360.

Velocidad urbana

Se limita la velocidad para vehículos a motor a 20 km/h en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan elementos separadores entre las mismas (bolardos) y a 15 km/h cuando no los haya. También se rebaja a 20 km/h la velocidad de los vehículos en entornos escolares.

Calendario de restricciones a los más contaminantes

El calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos sin distintivo ambiental que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento es el siguiente:

  • A partir del 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los vehículos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Esta Zona de Bajas Emisiones comenzará a funcionar en esa fecha con control de agentes de la autoridad. Una vez se ponga en marcha el contrato automatizado, se iniciará la fase de aviso que contempla la propia ordenanza durante dos meses, es decir, en este período solo se enviará una comunicación a los infractores sin emitir sanción automatizada.
  • Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los vehículos sin distintivo domiciliados en la capital.

Cambios que afectan a los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP)

Las personas menores de 18 años deberán llevar casco homologado o certificado en bici y en patinete. Se establece la obligación de que los riders que desarrollan actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personas usen casco homologado, independientemente de su edad.

Se eleva de metro a metro y medio la distancia que debe de guardar un ciclista respecto a un transeúnte y también de las fachadas, para evitar el atropello de cualquier viandante que salga de un establecimiento o portal, por ejemplo.

Se permitirá a las bicicletas circular en ambos sentidos de la marcha en ciclo calles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h. En estos casos, la bicicleta tendrá prioridad de paso. También podrán circular por parques y jardines públicos urbanos en Las bicicletas podrán circular por túneles, salvo prohibición expresa, siempre que utilicen la correspondiente iluminación homologada.

Por otra parte, se prohíbe en todo el término municipal la circulación de bicicletas multitándem o de pedaleo múltiple para fiestas y eventos (las conocidas como ‘bicibirras’), salvo autorización expresa. Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes podrán hacerlo por los carriles multimodales-carril con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o inferior-, siempre que hagan uso del casco homologado y estén iluminados como se contempla en el Reglamento General de Circulación. Por último, se permite a menores de 15 años ir en VMP siempre que vayan acompañados (en otro VMP) y bajo responsabilidad de sus progenitores o tutores.

Nueva Zona de Bajas Emisiones: Centro y plaza Elíptica

Se crea la figura de ZBE de Especial Protección en Centro y plaza Elíptica, que contarán con medidas adicionales (de restricción de circulación, velocidad, creación de zonas peatonales, etc.) debido a que las necesidades de mejora medioambiental en estos puntos son más acusadas.

Se mantienen los criterios de acceso y circulación según el distintivo ambiental e incorpora un elemento promotor del desarrollo de la actividad económica al equiparar el tratamiento para residentes y comerciantes para que desarrollen su actividad. Se amplía un año, hasta el 31 de diciembre de 2022, la exención para los vehículos de menos de 3.500 kg de distintivo B.

Esta nueva zona de restricciones, que entrará en vigor próximamente, restringirá el acceso a todos los vehículos sin etiqueta y activará las cámaras antes de finales de año y Madrid ZBE-interior de M-30 estará operativa desde el 1 de enero de 2022. Ambas restringen el acceso a todos los vehículos que no cuentan con distintivo ambiental por ser altamente contaminantes.

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