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Madrid Distrito Centro: vuelven las multas. Todo lo que necesitas saber

10/12/2021

El pasado 22 de septiembre entró en vigor la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) “Distrito Centro” en Madrid. El ayuntamiento estableció un periodo de “gracia” que termina este 11 de diciembre de 2021.

Durante los últimos dos meses, el ayuntamiento de Madrid ha enviado cartas informativas a los titulares de los vehículos que han sido detectados por el sistema de control automatizado de accesos a la Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro sin estar autorizados para ello.

¿Qué vehículos pueden circular por la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro?

Estarán autorizados a circular por la Zona de Bajas Emisiones aquellos vehículos que tengan el distintivo ambiental ECO o CERO.

En el caso de los vehículos con el distintivo ambiental A (gasolina matriculados antes del 2000 y diésel anteriores a 2006) solo podrán acceder a la ZBEDEP cuando sean residentes, estén empadronados, se trate de vehículos pesados o de servicios esenciales.

Las motos de categoría A no pueden acceder salvo que estén empadronados. Los ciclomotores con etiquetas B y C mantienen la restricción de franja horaria, es decir, de las 7.00 a las 22.00 horas.

La nueva ZBE de Centro equipara el tratamiento de comerciantes y residentes para el acceso y circulación por el interior de la zona de bajas emisiones.

¿Cuál es la multa por acceder a la ZBEDEP sin autorización?

La multa por acceder a la ZBE Distrito Centro sin autorización es de 90 euros. Se trata de una infracción clasificada como leve.