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La próxima reforma de la Ley de Tráfico

 

MULTALIA mediante este artículo quiere comentar el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

En primer término hemos de decir que se trata de un texto que aún no ha sido aprobado definitivamente, por lo que es posible que el mismo sea sustancialmente modificado. En cualquier caso, ha de pasar el texto por la Cámara Alta, el Senado. Eso significa que la entrada en vigor del texto reformado se lleve a cabo en la primavera del año 2.010.

A fecha de hoy podemos hacer algunas valoraciones jurídicas, e incluso concluir sobre el verdadero espíritu de la Norma.

La Exposición de Motivos de Texto Reformado se centra en la necesidad de modificar el “procedimiento sancionador”. La justificación se enfoca a varias supuestos, que MULTALIA considera cuando menos equívocos. Nadie, en líneas generales, se cree que el propósito de esta reforma sea reducir la siniestralidad, y cada vez menos son los que se creen que el carné por puntos haya supuesto una significativa disminución de las víctimas por accidentes de tráfico; el como se obtienen los datos para las estadísticas sobre accidentes es una cuestión que debe tratarse con mucho más rigor, y que debe ser controlada por una comisión parlamentaria.

Si se ve la modificación, uno se dará cuenta que se pone de manifiesto que lejos de reducir la siniestralidad lo que importa es recaudar lo máximo posible en estos tiempos de crisis. La inmensa mayoría de los cambios están en relación con el cobro de las sanciones, pudiéndose estimar como indecoroso el descuento del 50% a quien pague y no defienda sus derechos. ¿Hasta dónde llegará el descuento, en la reforma del 50%, que comenzó siendo del 20% (hace sólo unos años)y que penaliza con un recargo del 50% a quien desee ejercitar su derecho de defensa, un derecho que se encuentra entre los derechos fundamentales de la Constitución Española de 1.978?

En nuestra humilde opinión no es el momento de detallar todas y cada una de las posibles reformas, ya que el texto no ha sido aprobado definitivamente, pero sí queremos poner de manifiesto que a este Gobierno, que es quien promueve la modificación, no le importa castigar a quien no es el conductor, hacer responsable subsidiario al propietario de un vehículo que ha cumplido escrupulosamente todas sus obligaciones, o acudir a medios de notificación de muy difícil conocimiento para el interesado tras un solo intento de notificación, lo cual constituye una medida que desconoce la doctrina constitucional sobre comunicaciones edictales que se inició hace más de 25 años.

Nuestra experiencia recurriendo sanciones de tráfico nos dice que cuanto más margen le damos a la Administración para tramitar los expedientes, más laxo es su comportamiento. La Ley de Tráfico ha sufrido tres modificaciones en los últimos años; se han ampliado los plazos de prescripción y caducidad, se han suprimido trámites, y se han ampliado los descuentos por pronto pago. Pese a ello MULTALIA ha seguido ganando la partida.

Área Jurídica
Multalia®

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